reglamentos:reglamentodeinterconexion41-2007:reglamentodeinterconexion41-20070027

Art. 18.-

Definición.- La oferta básica de interconexión es el conjunto de condiciones legales, técnicas, económicas y comerciales que habiendo sido revisadas por la SENATEL e inscrita en el Registro Público de Telecomunicaciones, el prestador solicitado pone a disposición del prestador que solicite la interconexión.

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  • Última modificación: 2026/03/04 16:30
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