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RESOLUCIÓN ARCOTEL-2015-R-000034

Considerando:

En ejercicio de sus atribuciones legales,

RESUELVE

En aplicación de los principios constitucionales de eficiencia y efectividad administrativa, a fin de dar continuidad a las actividades institucionales de regulación, administración y control, así como las de carácter administrativo y legal que se encontraban a cargo de las extintas instituciones. Superintendencia de telecomunicaciones (SUPERTEL), Consejo Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) y Secretaría Nacional de Telecomunicaciones (SENATEL), es necesario, con sujeción a la estructura temporal aprobada por el Directorio de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones, delegar a funcionarios de nivel jerárquico inferior, atribuciones y responsabilidades específicas y de firmas para documentos oficiales en estricto complimiento de las disposiciones constitucionales y legales vigentes, lo siguiente.

Articulo Uno.- De la Coordinación General Administrativa Financiera

La Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones, dentro de su estructura temporal aprobada por el Directorio, cuenta con la COORDINACIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA FINANCIERA, cuyo titular debe asesorar a la Máxima Autoridad de la Agencia y dependencias institucionales en la materia de su competencia en estricto cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales vigentes, y, que será ejercida por el intendente de Gestión de la ARCOTEL, a quien se le delega para que a nombre y en representación de la Directora Ejecutiva de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones, ejerza las siguientes atribuciones.

nacionales e internacionales, universidades, escuelas politécnicas y otros centros de educación superior; y,

Articulo dos

Delegar las facultades y atribuciones en el ámbito de contratación pública de acuerdo a los niveles y parámetros de contratación que se detallan a continuación:

NIVELES ADMINISTRATIVOS DE AUTORIZACIÓNMODALIDAD DE CONTRATACIÓNMONTOS AUTORIZADOS
DESDE USDHASTA USD
Director (a) Ejecutivo (a) de ARCOTELConsultorías (directas por lista corta, concurso público). Obras, Adquisición de bienes y Servicios, (procesos dinámicos y comunes)0SIN LÍMITE
Al responsable de la Dirección General Administrativa Financiera (Ex - Senatel) o a quien haga sus funcionesConsultorías (directas por lista corta, concurso público). Obras, Adquisición de bienes y Servicios, (procesos dinámicos y comunes)00.000002 del PIE
Directores, Delegados e Intendentes Regionales (Ex – Senatel y Ex - Supertel)Obras, bienes, Servicios a través del proceso de Ínfima Cuantía.00.0000002 del PIE

Los Niveles administrativos de autorización antes descritos, aplicarán los procedimientos para las contrataciones de bienes y servicios normalizados y no normalizados incluidos los de consultoría y la ejecución de obras, de acuerdo al presupuesto referencial de contratación al que corresponda la modalidad de contratación establecida en la Ley Orgánica de Sistema Nacional de Contratación Pública, su Ley Reformatoria, su Reglamento General, las disposiciones emitidas por el SERCOP, y, además les corresponderá en el ámbito de la delegación respectiva, ejecutar las siguientes acciones y/o actos administrativos.

Articulo tres.-

Delegar al responsable de la Coordinación General Administrativa Financiera de ARCOTEL o a quien haga sus veces; al responsable de la Dirección General Administrativa Financiera (Ex - Senatel) o a quien haga sus veces y, a los (las) Directores(as), Delegados(as) e intendentes Regionales (Ex - Senatel y Ex Supertel) o a quienes hagan sus veces, para actuar directamente en calidad de “ordenadores de gastos” de la institución, en el ámbito de sus competencias, jurisdicción territorial y en los mismos montos previstos en el cuadro constante en el artículo anterior, con las previsiones establecidas en las Leyes, normas y reglamentos vigentes.

Articulo Cuatro.-

Delegar al responsable de la Dirección Nacional Financiera (Ex - Supertel) o a quién haga sus veces, para que actúe como “ordenador de pagos” de la institución, de conformidad con las previsiones establecidas en las leyes, normas y reglamentos vigentes.

Articulo Cinco.-

Delegar al responsable de la Dirección Nacional Financiera (Ex– Supertel) o a quien haga sus veces, las atribuciones previstas en los números 13 y 14 del Artículo 148 de la Ley Orgánica de las Telecomunicaciones, esto es: “13. Recaudar los derechos económicos para el otorgamiento de títulos habilitantes para la prestación de servicios y por el uso, aprovechamiento y/o explotación del espectro radioeléctrico, así como las tasas por trámite establecidas en esta Ley.; y, 14. Recaudar la contribución para la ejecución del servicio universal”.

Articulo Seis.- Reserva

En aplicación de los principios del derecho administrativo, la (el) Director(a) Ejecutiva de ARCOTEL, reserva para sí la facultad de hacer uso de todas las atribuciones contempladas en la Ley, sin perjuicio de la aplicación de esta Resolución.

Articulo Siete

Los funcionarios y/o servidores públicos delegados en virtud de la presente Resolución, serán responsables civil, administrativa y penalmente por sus actos y omisiones en el ejercito de la delegación.

Articulo Ocho

La presente Resolución, entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Articulo Nueve

De la Ejecución de la presente Resolución encárguese a la Coordinación General Administrativa Financiera en el ámbito de su competencia.

Comuníquese y publíquese
Dado en Quito, Distrito Metropolitano, el 26 de marzo de 2015
Ing. Ana Vanessa Proaño De la Torre.
DIRECTORA EJECUTIVA 
AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES