Tabla de Contenidos

actoadministrativomotivado270-2010.pdf

, , ,

ACTO ADMINISTRATIVO MOTIVADO, SECRETARIA DE TELECOMUNICACIONES

Resolución de la Superintendencia de Telecomunicaciones 233
Registro Oficial 270 de 02-sep-2010
Estado: Vigente
Ing. Rubén León Vásquez
SECRETARIO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES

Considerando:

En ejercicio de sus atribuciones.

Resuelve:

Art. 1.-

Establecer los siguientes requisitos, procedimiento y unidad responsable para la emisión del acto administrativo motivado, requerido en el artículo 26, letra d) de la Ley de Minería.

El peticionario, debe presentar una solicitud dirigida al Secretario Nacional de Telecomunicaciones, detallando la siguiente información:

Recibida la petición, la Dirección de Gestión del Espectro Radioeléctrico, verificará que se cumplan con los requisitos señalados en el número anterior, y solicitará a la Superintendencia de Telecomunicaciones que emita un documento en el que se establezca si existen estaciones de Radiodifusión o Televisión en el área de concesión. En caso de no cumplir con los requisitos, concederá al peticionario, un término improrrogable de 10 días, para que aclare y complete la información, de no hacerlo, se archivará el trámite.

Si la solicitud cumple con todos los requisitos, la Dirección de Gestión del Espectro Radioeléctrico, emitirá a nombre de la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones, un acto administrativo motivado en el que conste:

El acto administrativo se emitirá y notificará dentro del término máximo e improrrogable de 60 días contados desde la presentación de la solicitud, bajo responsabilidad de la Dirección General de Gestión del Espectro Radioeléctrico.

De conformidad con lo señalado en el último inciso del artículo 26 de la Ley de Minería, en el evento de que se emita un acto administrativo desfavorable, el concesionario minero, podrá apelar dicha resolución, ante el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, aplicando el procedimiento establecido en el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva.

Art. 2.-

Notificar el contenido de la presente resolución al Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, así como a la Superintendencia de Telecomunicaciones.

Art. 3.-

Disponer que la presente resolución entre en vigencia en forma inmediata, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial y página WEB institucional.

Art. 4.-

Encargar la ejecución de esta resolución, a la Dirección General de Gestión del Espectro Radioeléctrico y Secretaría General, dentro del ámbito de sus respectivas competencias.

Dado en Quito, Distrito Metropolitano, el 11 de Agosto del 2010.
f.) Ing. Rubén León Vásquez, Secretario Nacional de Telecomunicaciones.
f.) Dr. Marcelo Loor Sojos, Secretario General.
SECRETARIA NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES.- Certifico.- Que es fiel copia del original.- 
Fecha: 23 de agosto del 2010.- f.) Secretario General.