,
Art. 6.-

Principios generales de la interconexión.- Se establecen los siguientes principios generales:

Se considera, para efectos de la disposición del párrafo anterior, que existe vinculación directa o indirecta, cuando mediante participación en el capital societario o mediante relación contractual o asociativa o por cualquier otro medio, se ejerza capacidad determinante sobre las decisiones del Directorio, la Gerencia General u otros órganos de dirección de los prestadores involucrados;