{{tag>reglamento interconexion}} =====Considerando:===== *=> Que el artículo 58 de la Ley para la Transformación Económica del Ecuador, publicada en Registro Oficial Suplemento 34 de 13 de Marzo del 2000 , reformó el Capítulo VII de la Ley Especial de Telecomunicaciones reformada y dispuso que todos los servicios de telecomunicación se brinden en régimen de libre competencia; *=> Que el señor Presidente Constitucional de la República mediante Decreto Ejecutivo 1790, dictó el Reglamento General a la Ley Especial de Telecomunicaciones reformada, publicado en el Registro Oficial 404 del 4 de septiembre del 2001 ; *=> Que mediante Resolución 470-19-CONATEL-2001 de 20 de noviembre del 2001, publicada en el Registro Oficial 481 de 26 de diciembre del 2001 , el CONATEL dictó el Reglamento de Interconexión; *=> Que la interconexión facilita la entrada de nuevos prestadores en el sector y la viabilidad de la competencia en el mercado de las telecomunicaciones; *=> Que el organismo regulador debe orientar de manera informada y decisiva a los prestadores para que minimicen los conflictos que impidan la celebración de acuerdos de interconexión; *=> Que las normas de interconexión permiten la negociación de acuerdos de interconexión por parte de los prestadores de servicios de telecomunicaciones; y, sólo en caso de falta de acuerdo los prestadores pueden recurrir a la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones para solicitar la emisión de una disposición de interconexión en la que se debe establecer las condiciones legales, técnicas, económicas y comerciales de la interconexión; *=> Que existe la necesidad de establecer nuevas reglas que permitan que se celebren acuerdos de interconexión, dado el reducido avance en los procesos de negociación de los mismos en los últimos años; *=> Que es necesario asegurar la interconexión de redes e interoperabilidad de los servicios de telecomunicaciones y crear las condiciones para atraer la inversión a fin de estimular el crecimiento y desarrollo eficaz de la infraestructura de telecomunicaciones, la innovación tecnológica así como la libre y leal competencia; y, En ejercicio de sus atribuciones. Resuelve: Expedir el siguiente: REGLAMENTO DE INTERCONEXION.